Fecha de Publicación: 06/03/1992
Página: 400-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 57/992

Modifícase disposición del decreto 526/889, referente a la escala de precios para expedición de copias de Plano de Archivo Gráfico de la Dirección Nacional de Topografía.

Ministerio de Transporte y obras Públicas
 Ministerio de Economía y Finanzas

                                       Montevideo, 10 de febrero de 1992.

   Visto: Estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la
Dirección Nacional de Transporte de Topografía, a efectos de actualizar 
la escala de valores por venta de copias de planos de mensura de su
Departamento de Archivo Gráficos establecida por el Decreto 526/89 de
fecha 15 de noviembre de 1989.

   Resultando: I) Que la mencionada Dirección Nacional solicita la
adecuación de las mencionadas tarifas, tomando en cuenta la variación de
Indice de Precio al Consumo por el período enero de 1989 a junio de 1990;

   II) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada) 
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto, al tomar intervención, no formularon objeciones al respecto.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase al artículo 2° del Decreto 526/89 de fecha 15 de noviembre
de 1989, quedando establecida la escala de precios para la expedición de
copias de Plano de Archivo Gráfico de la Dirección Nacional de 
Topografía de la siguiente manera:

     Características                Antigüedad

     Hasta 30 años                  más de 30 años

     Solares   N$

     Hasta 10 solares o una manzana dividida       10.200  12.000
     Hasta 10 manzanas divididas  23.000  29.000
     Más de 10 manzanas divididas 32.200  38.700

     Campos y chacras

     Hasta 10 Há. 10.200  12.000
     Hasta 5000 Há.       23.000  29.000
     Más de 500 Há.       32.200  38.700

     Propiedad horizontal: precios por cada Lámina

     Una Unidad x Planta 7.200   8.600
     Una a 4 Unidades x Planta  11.200  12.900
     Más de 4 Unidades x Planta 16.900  19.500
     Cartas departamentales      8.600

LACALLE HERRERA.- WILSON ELSO GOÑI.- ENRIQUE BRAGA SILVA. 
Ayuda