Fecha de Publicación: 20/11/1980
Página: 550-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 560/980

Se aprueba la modificación presupuetal propuesta por la Intendencia Municipal de Florida para el Ejercicio 1980.

Ministerio de Economía y Finanzas

                                 Montevideo, 22 de octubre de 1980

     Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Florida (Intendencia
Municipal y Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo una
modificación presupuestal para el ejercicio 1980.

     Resultando: que estas ampliaciones presupuestales cuentan con la
aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el
Acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República.

     Considerando: que de no recaudarse los recursos previstos, deberán
abatirse gastos a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

     Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas de la
República,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

              Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la
Intendencia Municipal de Florida (Intendencia Municipal y Juntas de
Vecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 55:226.769 (cincuenta y cinco
millones doscientos veintiséis mil setecientos sesenta y nueve nuevos
pesos).

     Los mismos presentarán la siguiente composición:

I)   EGRESOS:  (en miles de nuevos pesos)

                                                  Vigente   Proyectado
                                                  -------   ----------
     Retribuciones Personales..................   6.952,4   18.759,1
     Benef. y Cargas Soc. .....................   1.795,0    3.518,7
                                                  -------   ----------
          Subtotal.............................   8.747,4   22.277,8

     Gastos de Func. e Inv. ...................   6.499,1   32.949,0
                                                  -------   ----------
          TOTAL ...............................  15.246,5   55.226.8

II)  RECURSOS: (en miles de nuevos pesos)

A)   Recursos de origen departamental

     1)   Impuestos:
                                                  Vigente   Proyectado
                                                  -------   ----------
          Cont. Inmob. Urbana..................   1.030,0    1.520,0
          Cont. Inmob. Rural ..................   2.800,0    7.200,0
          Patente Rodados......................   1.700,0    3.200,0
          Remates..............................   2.000,0   19.000,0
          Baldíos..............................      90,0      195,0
          Otros................................      66,0      146,0

     2)   Tasas:

          Administración.......................     325,0      596,0
          Alumbrado Público....................      88,0    1.480,0
          Control Higiene Amb. ................     760,0    1.050,0
          Bromatología.........................     250,0    1.500,0
          Otros................................     877,5      834,0

     3)   Precios .............................     403,0      760,0

     4)   Activ. Comerc. e Indus.:

          Abast. de Carne......................   1.300,0   --------
          Otros................................      69,4      20,0

     5)   Contribuc. por mejoras...............     250,0   3.775,0

     6)   Recursos Extraordinarios:

          Varios...............................     120,0   5.645,8
          Créditos de Prov. ...................   -------   1.900,0

     7)   Multas...............................     300,0   1.250,0

B)   Recursos de origen nacional

     Ap. Impuestos Nac. .......................      73,2      73,2
     Ap. Patronal DGSS.........................   1.952,4   3.081,8
     Ap. Convenio MTOP.........................     -----   2.000,0
                                                  -------   -------
                                                 15.246,5  55.226,8

MENDEZ.- VALENTIN ARISMENDI.
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