Fecha de Publicación: 26/12/2006
Página: 770-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 5

 El Instituto Nacional de Colonización realizará una recomposición de la carrera funcional, tomando como año base 1990, ya que entonces se efectuaron las últimas calificaciones homologadas por el Directorio.
A efectos de la recomposición de la carrera funcional, se adjudicará a cada funcionario un punto por mes en la Administración Pública, se le sumará un punto por mes en el Ente y finalmente, se le agregarán tres puntos por mes en el cargo en el Instituto Nacional de Colonización a partir de 1990.
En base a este puntaje individual se ubicarán correlativamente a todos los funcionarios en su Grado y Escalafón, surgiendo de esta forma un listado ordenado por antigüedad.
En dicho listado quienes tengan igual o mayor antigüedad se equipararán a los grados y niveles de aquellos funcionarios que cuenten con un nivel superior no concursable.
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