Fecha de Publicación: 26/11/2008
Página: 797-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 17

 Inhabilidades para Entidades Certificadoras Privada de Tercera Parte: 
No podrán intervenir en procesos de certificación en los que tengan algún
interés los socios o el personal de la entidad o quienes tengan la
calidad de cónyuge, hijos adoptivos o parientes hasta el tercer grado de
consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de dichos socios
o personal. Asimismo, las entidades certificadoras no podrán intervenir 
en aquellos procesos de certificación en los que exista cualquier
circunstancia que les reste imparcialidad.
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