Fecha de Publicación: 09/12/1991
Página: 671-A
Carilla: 3

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

   A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior créase una
Comisión que dependerá directamente del Director de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
   Dicha Comisión se compondrá de tres miembros designados por el
Presidente de la República a propuesta del Director de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.  
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