Fecha de Publicación: 26/08/1986
Página: 383-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

   Para ser amparado por este régimen especial debe obtenerse del Tribunal
Médico un puntaje comprendido entre nueve y hasta cuatro inclusive,
obteniendo por la suma de los siguientes coeficientes:

Importancia de la Dolencia

Muy importante       6 puntos
Importante           4 puntos
Poco importante      2 puntos

Urgencia

Muy urgente          3 puntos
Urgente              2 puntos
Poco Urgente         1 punto
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