Fecha de Publicación: 30/11/1990
Página: 277-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Para que se pueda operar el cambio de categoría de un buque
pesquero será necesario el otorgamiento de un nuevo permiso debiendo
cumplir el armador con los requisitos que estipula la legislación
vigente.
Ayuda