Fecha de Publicación: 17/02/2000
Página: 774-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 En el plazo de treinta días desde la fecha de este Decreto, el CEPRE
elevará una propuesta de estatuto de funcionamiento de la Unidad de
Coordinación General y de los perfiles de las funciones referidas en el
artículo anterior.
Ayuda