Fecha de Publicación: 21/01/1985
Página: 153-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Fe de erratas publicada/s: 09/05/1985.

Artículo 3

   Clasificación de medicamentos y productos afines:
Los medicamentos de uso humano se clasifican en las siguientes
categorías:

a) Especialidad farmacéutica: Todo medicamento simple o compuesto
   con nombre registrado en el Ministerio de Salud Pública de fórmula
   cuali cuantitativamente declarada, fabricada industrialmente y con
   propiedades terapeuticas comprobables, que se comercializa en
   determinadas unidades de venta.
b) Fórmulas o preparados galénicos: Todas aquellas fórmulas o
   preparados que respondan exclusivamente en su composición a las
   inscriptas en las Farmacopeas vigentes. elaboradas y envasadas
   convenientemente para su expendio al público en la oficina de
   Farmacia.
c) Alimento de uso medicinal: Alimento que por haber sido sometido a
   procesos quec modifican la concentaración relativa de los diversos
   nutrientes de su constitución o la calidad de los mismos, o por
   incorporación de sustancias ajenas a su composición adquieren
   propiedades terapéuticas.
d) Productos biológicos: Productos de origen vegetal o animal y
   sustancias semisintéticas, cuya potencia o inocuidad deben ser
   evaluadas con análisis químicos y/o físicos y biológicos, tales como
   vacunas, sueros de origen humano y animal, alérgenos y enzimas.
Ayuda