Fecha de Publicación: 01/07/1975
Página: 2-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

Dentro de los niveles de remuneración fijados en el artículo 6º están
incluidos los aumentos salariales dispuestos por los decretos 189/975 de 6
de marzo de 1975 y 358/975 de 30 de abril de 1975.
Ayuda