Fecha de Publicación: 16/01/2012
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 49

 El fondo previsto en el artículo anterior se distribuirá de la siguiente
manera:
49.1.- Hasta el 70% para las actividades desarrolladas en el Hipódromo
Nacional de Maroñas.-
49.2.- Hasta el 15% para las actividades desarrolladas en el Hipódromo de
Las Piedras.-
49.3.- Hasta el 15% para las actividades desarrolladas en los restantes
hipódromos del interior.-
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