MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Tasas).- El impuesto gravará con las tasas que a continuación se indican la enajenación de los siguientes bienes:
- Lanas: 4% (cuatro por ciento)
- Cueros ovinos y bovinos: 3% (tres por ciento)
- Ganado bovino y ovino destinado a la faena o exportación:
3% (tres por ciento).
- Cereales, oleaginosos y sacarígenos: 2% (dos por ciento).
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