Fecha de Publicación: 09/01/1996
Página: 694-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 6

   No podrán ser propuestas las personas vinculadas por razones de
parentesco, hasta el tercer grado de consaguinidad o de afinidad
inclusive, con los agentes diplomáticos, consulares u otros empleados de
la misión u oficina.
   El presente artículo será de aplicación inclusive para las
contrataciones transitorias.
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