PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
La partida será percibida por el personal desde el grado de Soldado lª/Marinero 1ª hasta el de Capitán/Teniente de Navío, salvo en los casos de los Pilotos y Capitanes de embarcaciones que podrá alcanzar el grado de Mayor/Capitán de Corbeta.Ayuda