Decreto 43/021
Apruébanse las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, dictadas por la Resolución del Grupo Mercado Común N° 04/20, de 11 de agosto de 2020.
(477*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 26 de Enero de 2021
VISTO: el Decreto N° 410/016, de 26 de diciembre de 2016, sus modificativos y concordantes;
RESULTANDO: I) que el mismo incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común N° 26/16, de 5 de diciembre de 2016, que aprobó el "Arancel Externo Común basado en la Nomenclatura Común del Mercosur" ajustada a la VI Enmienda del Sistema Armonizado;
II) que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó la Resolución N° 04/20, de 11 de agosto de 2020;
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de la referida Resolución del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébanse las modificaciones a la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, dictada por la Resolución del Grupo Mercado Común N° 04/20, de 11 de agosto de 2020, de conformidad con el Anexo que forma parte del presente Decreto.
Comuníquese a la Secretaría del Mercosur, publíquese y archívese.
LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE; FRANCISCO BUSTILLO; OMAR PAGANINI; CARLOS MARÍA URIARTE.
ANEXO I
SITUACIÓN ACTUAL
MODIFICACIÓN APROBADA
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
NCM
DESCRIPCIÓN
AEC %
3923.30.00
- Bombonas (damajuanas), botellas, frascos y artículos similares
18
3923.30
3923.30.10
3923.30.90
- Bombonas (damajuanas), botellas, frascos y artículos similares