Fecha de Publicación: 03/02/2015
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

   (Precios según volumen).- El oferente podrá presentar una estructura de precios de sus productos asociada a los volúmenes de compra, proponiendo la instrumentación de descuentos y bonificaciones por mayores volúmenes.
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