Fecha de Publicación: 03/02/2015
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

                               Decreto 41/015

Modifícase la Tabla 1 del Anexo I del Reglamento de Precursores y Productos Químicos, aprobado por Decreto 391/002.
(170*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                           Montevideo, 27 de Enero de 2015

   VISTO: lo dispuesto en el Artículo 15° del Decreto-Ley N° 14.294 de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el Artículo 2° de la Ley N° 17.016 de 22 de octubre de 1998;

   RESULTANDO: I) que las referidas normas legales regulan la materia referente a estupefacientes y sustancias que determinan dependencia física o psíquica;

   II) que por Decreto N° 391/002 de 10 de octubre de 2002, se reglamentaron dichas normas y en tal sentido se aprobó el Reglamento de Precursores y Productos Químicos referente al Capítulo XI de la citada norma legal;

   III) que la División Sustancias Controladas dependiente de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública, recomienda incluir la sustancia cafeína y sus sales en el Anexo I de la Tabla 1 del Reglamento de Precursores y Productos Químicos, aprobado por Decreto N° 391/002 de 10 de octubre de 2002;

   CONSIDERANDO: I) que la Cafeína se utiliza para adulterar drogas ilegales como el clorhidrato de cocaína y la pasta base de cocaína, de acuerdo a estudios de investigación científica realizados en nuestro país;

   II) que la Dirección General de Represión del Tráfico ilícito de Drogas del Ministerio del Interior, ha informado respecto a la presencia de Cafeína en incautaciones de drogas ilícitas;

   III) que el Artículo 15° del Decreto-Ley N° 14.294 de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el Artículo 2° de la Ley N° 17.016 de 22 de octubre de 1998, establece que el Poder Ejecutivo podrá modificar o ampliar el contenido de las listas y tablas a que refiere dicha norma legal, incluyendo o excluyendo sustancias o trasladándolas de una a otra, con los asesoramientos previos que en ella se determinen;

   IV) que la Dirección General de la Salud, de acuerdo a lo recomendado por la División Sustancias Controladas del Ministerio de Salud Pública, no formula objeciones al respecto;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo establecido en el Decreto-Ley N° 14.294 de 31 de octubre de 1974, con las modificaciones establecidas por la Ley N° 17.016 de 22 de octubre de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA

Artículo 1

   Modificase la Tabla 1 del Anexo I del Reglamento de Precursores y Productos Químicos (Capítulo XI del Decreto-Ley N° 14.294 de 31 de octubre de 1974, incorporado por el Artículo 5° de la Ley N° 17.016 de 22 de octubre de 1998) aprobado por el Artículo 1° del Decreto N° 391/002 de 10 de octubre de 2002, incluyéndose la sustancia CAFEÍNA y sus sales exclusivamente como materia prima, y apruébase la nueva redacción de dicho Anexo I que se adjunta y forma integral del presente Decreto.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.
   JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; JORGE VÁZQUEZ; LUIS PORTO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; OSCAR GÓMEZ; PABLO GENTA; EDGARDO ORTUÑO; JOSÉ BAYARDI; SUSANA MUÑIZ; ENZO BENECH; LILIAM KECHICHIAN; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.

                       ANEXO I TABLA 1 PRECURSORES

Nomenclatura común del MERCOSUR (NCM)
NOMBRE
SINONIMO
2903691100
Cloruro de bencilo
2914310000
1 -feni1-2-propanona
2932920000
3,4 metilenodioxifenil-2-Propanona
2916340000
Ácido fenilacético y sus Sales
2922430000
Acido o-aminobenxoico y sus sales
Ácido antranílico y sus Sales
2924230000
Acido n-aceti!antraníl¡co y sus sales
2922191900
Fenilpropanolamina y sus Sales
2926909900
Cianuro de bencilo
2926909900
Cianuro de bromo bencilo 
Bromobencenoaceto nitrilo
2933320000
Piperidina
2939630000
Acido lisérgico
2939410000
Efedrina, sus sales, isómeros ópticos y sales de sus isómeros Ópticos
2939610000
Ergometrina y sus sales
Ergonovina y sus sales
2939620000
Ergotamina y sus sales
2939420000
Seudoefedrina, sus sales, isómeros ópticos y sales de sus isómeros Ópticos DCI
2932940000
Safrol
2932910000
Isosafrol
2932930000
Piperonal
2841610000
Permanganato de potasio
2915240000
Anhídrido acético
2924291400
Lidocaína y sus clorhidratos
2922499000
Benzocaína y sus sales
Benzocaína y sus sales
2922499000
Procaína y sus sales
Procaína y sus sales
2926.90.99.00
Alfa-fenilacetoacetonitrilo y sus isómeros opticos
2939301000
Cafeína
2939302000
Sales de cafeína


		
		Ayuda