El Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) aceptará como válida la
designación de representante del comprador cuando ésta sea realizada por
cualquiera de los medios siguientes:
a) Por carta del comprador, legalizado en Consulado Uruguayo,
certificada la firma del representante localmente;
b) Por carta certificada por un banco del país comprador y por su
corresponsal en plaza y refrendada por la Dirección General de
Comercio Exterior;
c) Por nominación en la carta de crédito vigente para la exportación de
que se trata.
Todos estos documentos se considerarán válidos y vigentes hasta que no
medie comunicación en contrario expedida en forma y notificada.