Fecha de Publicación: 09/12/2011
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto 405/011

Apruébase la Agenda Digital Uruguay 2011-2015 (ADU11-15).
(2.106*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                       Montevideo, 23 de Noviembre de 2011

VISTO: lo dispuesto por el art. 55 de la Ley N° 18.046 de 24 de octubre de
2006 en la redacción dada por el inc. 2 del artículo 118 de la Ley N°
18.172 de 31 de agosto de 2007, que establece como misión de la Agencia
para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la
Información y del Conocimiento (AGESIC) el impulsar el avance de la
Sociedad de la Información y del Conocimiento, promoviendo que los
ciudadanos, las empresas y el gobierno realicen el mejor uso de las
tecnologías de la información y de las comunicaciones con el objetivo de
lograr una sociedad más equitativa, integradora y democrática;

RESULTANDO: I) los distintos proyectos y actividades propuestos por
instituciones públicas y privadas, que determinan avances en el ámbito
nacional hacia la Sociedad de la Información y del Conocimiento;

II) el cumplimiento de los objetivos y avances previstos en la Agenda
Digital Uruguay 2008 - 2010, oportunamente aprobada por Decreto del Poder
Ejecutivo N° 373/008 de 4 de agosto de 2008;

III) los antecedentes y compromisos internacionales que surgen de: a) los
principios y objetivos acordados en la primera y segunda fases de la
Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, celebradas en Ginebra
en diciembre de 2003 y en Túnez en noviembre de 2005, respectivamente; b)
la Declaración de Bávaro, aprobada en República Dominicana en enero de
2003, el Compromiso de Río de Janeiro y el Plan de Acción de la Sociedad
de la Información de América Latina y el Caribe (eLAC2007), aprobados en
Brasil en junio de 2005; c) el Compromiso de San Salvador de los países de
América Latina y el Caribe y las metas regionales en materia de la
Sociedad de la Información y el Conocimiento, recogidas en el documento
Plan de Acción de la Sociedad de la Información de América Latina y el
Caribe (eLAC2010); d) los objetivos mundiales del Plan de Acción de
Ginebra (al año 2015) y los objetivos de desarrollo del Milenio para
América Latina y el Caribe;

CONSIDERANDO: I) la necesidad de diseñar y ejecutar una política pública
que permita continuar desarrollando acciones en pos de un avance
significativo hacia la sociedad de la información y el conocimiento;

II) la estrategia general de gobierno que impulsa la transparencia y
fortalecimiento democrático, el desarrollo económico basado en
conocimiento, la inclusión digital y el avance del gobierno electrónico
como instrumento de transformación del Estado;

III) la necesidad de alinear los proyectos propuestos y en curso con la
estrategia establecida;

IV) la propuesta de Agenda Digital Uruguay para los años 2011-2015,
presentada por AGESIC y aprobada por Resolución de su Consejo Directivo
Honorario N° 039/011 de 24 de junio de 2011, que define y prioriza
objetivos y planes concretos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la Agenda Digital Uruguay 2011-2015 (ADU11-15) que se agrega y
se considera parte integrante de este Decreto.


		
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