Fecha de Publicación: 13/12/2021
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 49

   Al 31 de diciembre de 2022 deberá elevarse a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la eliminación del 67% de las vacantes generadas entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, con excepción de las que deban llenarse con personal discapacitado de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 18.651 de 19 de febrero de 2010 y con personal afro - descendiente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.122 de 21 de agosto de 2013 y con personas trans, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 19.684 de 26 de octubre de 2018.
   De ser necesario mantener las vacantes de ascenso, se eliminarán las correspondientes al último grado, disminuyendo las partidas presupuestales correspondientes, o en su caso, las correspondientes a contratados de función pública u otras relaciones funcionales.
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