Fecha de Publicación: 06/12/2018
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 169

   Protección de los Oídos.
   Todo el personal que trabaje en lugares en los que se supere el límite higiénico de exposición deberá contar con protección auditiva adecuada.
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