MINISTERIO DE TURISMO
Las Empresas de Servicios Turísticos Inmobiliarios deberán ocupar con carácter exclusivo como mínimo el 50% del local donde estén instaladas y en todos los casos la otra actividad que se desarrolle en el local respectivo deberá ser compatible a juicio del Ministerio de Turismo con el giro propio de la empresa de Servicios Turísticos Inmobiliarios.Ayuda