MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
A partir del 1º de setiembre de 2009 todos los instrumentos de medición llamados "taxímetros" que se utilicen en la comercialización de servicios, deberán cumplir las previsiones establecidas en el reglamento aprobado por el Decreto Nº 456/001, de 22 de noviembre de 2001 y someterse anualmente a verificación periódica y vigilancia de su uso.Ayuda