PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 13
(Disposición final en relleno): La disposición de los neumáticos y las cámaras comprendidos en este reglamento, mediante enterramiento o vertido en relleno, sólo podrá realizarse en los casos en que no exista otra alternativa viable desde la perspectiva social, económica y ambiental y se cuente con la autorización de la Dirección Nacional de Medio Ambiente.-
CAPÍTULO III - De los planes maestros: