Fecha de Publicación: 10/12/2010
Página: 523-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

 (Información relevante para la Debida Diligencia de Clientes) En la
aplicación de las medidas de debida diligencia, se deberá obtener y
verificar información sobre los clientes y la naturaleza de sus negocios,
con la extensión y profundidad que el sujeto obligado considere necesaria
en función del riesgo que le asigne al cliente, relación comercial o tipo
de operación a realizar y del volumen de los montos operados.

A esos efectos, se considerará la pertinencia de obtener informaciones
tales como:

1) Personas físicas

a- nombre y apellido completo;
b- fecha y lugar de nacimiento;
c- documento de identidad;
d- estado civil (si es casado, nombre y documento de identidad del
cónyuge);
e- domicilio
f- profesión, oficio o actividad principal
g- Volumen de ingresos

2) Personas jurídicas

a- denominación, fecha de constitución, domicilio, actividad
   principal, nombres y documento de identidad de los socios o accionistas
   (o beneficiario final si corresponde), nombres y documento de identidad
   de los directores, copia autenticada del contrato social y número de
   RUT;

b- documento que acredite la representación de la sociedad,
   identificando al representante, persona física o jurídica con los
   mismos datos que se establecen en el punto 1). En caso de que alguno de
   los datos exigidos no surja del contrato social, se requerirá del
   cliente la información respectiva.

c- Ya se trate de personas físicas o jurídicas, se deberá hacer
   constar expresamente si el cliente actúa por cuenta propia o de un
   tercero y, en este último caso, identificar al beneficiario final. Se
   entiende por tal, a la persona física que es propietaria final o
   controlante de un cliente o en cuya representación se lleva a cabo una
   operación; el término también comprende a aquellas personas que ejercen
   el control final sobre una persona jurídica, un fideicomiso, un fondo
   de inversión u otro patrimonio de afectación.

d- Volumen de ingresos

3) Búsqueda de antecedentes de las personas físicas o jurídicas, en
fuentes públicas o privadas, para determinar su posible vinculación con
actividades ilícitas o su pertenencia a otras categorías de riesgo, tales
como las Personas Políticamente Expuestas.

4) Información sobre el propósito y la naturaleza de la relación comercial
o la transacción a realizar

5) Explicación razonable y/o justificación sobre el origen de los fondos
manejados en la transacción.
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