1) Formular y publicitar las bases del concurso las que deberán
ser puestas en conocimiento de los funcionarios con un mes de
antelación.
2) Asimismo deberá:
a) Evaluar las pruebas de aptitud.
b) Establecer otros elementos previstos en el literal c) del
artículo 15.
c) Hacer constar en las bases la incidencia de las pruebas sicotécnicas
cuando se considere necesaria su realización en el puntaje total de
las pruebas de aptitud.
Cuando se incluyan evaluaciones sicotécnicas se requerirá la
participación de un técnico universitario especializado en el área.
3) Remitir los puntajes correspondientes al Tribunal de Promociones con
una antelación de quince días a la fecha de su instalación.
Tribunal de Promociones