Decreto 351/014
Derógase el Decreto 595/993, relativo a la regulación de los servicios de asistencia directa a las personas que hayan ocupado el cargo de Presidente de la República.
(1.068*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 19 de Noviembre de 2014
VISTO: el Decreto 595/993 de 30 de diciembre de 1993;
RESULTANDO: que el citado Decreto regula los servicios de asistencia directa a las personas que hayan ocupado el cargo de Presidente de la República;
CONSIDERANDO: que se estima conveniente actualizar las disposiciones del referido reglamento:
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
El Poder Ejecutivo podrá destinar hasta cinco personas contratadas o presupuestadas para desempeñar funciones de asistencia directa a quien haya ocupado el cargo de Presidente de la República por un término superior a un año.
En el caso de tratarse de funcionarios públicos los mismos pasarán a tal efecto a cumplir funciones en comisión si correspondiere, en el Inciso 02 "Presidencia de la República".
Las personas contratadas o presupuestadas deberán prestar su conformidad para el cumplimiento de las tareas referidas en el artículo 1° y conservarán en su caso todos sus derechos funcionales o contractuales, debiendo considerárseles como si prestaran funciones en su lugar de origen, en particular en lo referente a la carrera administrativa, a la bonificación de servicios, a los derechos jubilatorios y a la remuneración, cualquiera sea su naturaleza, incluyendo aquellas que tengan como condición la prestación efectiva de tareas en el organismo, si así correspondiere.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; JORGE VÁZQUEZ; LUIS ALMAGRO; MARIO BERGARA; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; OSCAR GÓMEZ; ENRIQUE PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; JOSÉ BAYARDI; SUSANA MUÑIZ; TABARÉ AGUERRE; ANTONIO CARÁMBULA; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.