Fecha de Publicación: 05/11/1999
Página: 251-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 15/11/1999.

Artículo 15

 Inclúyese en el artículo 5º del Decreto 401/991 de 5 de agosto de 1991
en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto 297/995 de 8 de
agosto de 1995 al Secretario General de la Secretaría Nacional de
Drogas.
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