Fecha de Publicación: 01/10/2013
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

 Sustituir lo establecido en los Capítulos III, IV y Anexo Nro. 1 del
Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Instrucción de
Infantería aprobado por el artículo 2do. del Decreto 149/989 de 11 de
abril de 1989 en la redacción dada por el Decreto 42/998 de 17 de febrero
de 1998, en el sentido de establecer que DONDE DICE: "CAPITULO III
ESTRUCTURA ORGANICA. Dependerá de la Brigada de Infantería Nro. 5 y se
organizará en base a la siguiente estructura:...3.1 Una dirección
integrada por: 3.1.1 Un Teniente Coronel del Arma de Infantería como
Director, dependiendo directamente del señor Comandante de la Brigada de
Infantería Nro. 5."; DEBE DECIR: CAPITULO III. ESTRUCTURA ORGANICA.
Dependerá de la Brigada "General Eugenio Garzón" de Infantería Nro. 1 y se
organizará en base a la siguiente estructura:...3.1 Una dirección
integrada por: 3.1.1 Un Teniente Coronel del Arma de Infantería como
Director, dependiendo directamente del señor Comandante de la Brigada
"General Eugenio Garzón" de Infantería Nro. 1; DONDE DICE: "CAPITULO IV.
DISPOSICIONES GENERALES. 4.1 El Centro de Instrucción de Infantería
funcionará en la Sede de la Brigada de Infantería Nro. 5 utilizando las
instalaciones e infraestructura administrativa de la misma."; DEBE DECIR:
CAPITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES. 4.1 El Centro de Instrucción de
Infantería funcionará en la Sede de la Brigada "General Eugenio Garzón" de
Infantería Nro. 1 utilizando las instalaciones e infraestructura
administrativa de la misma.
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