Fecha de Publicación: 30/09/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 68

 Las categorías pertenecientes al escalafón Servicios Auxiliares se
regirán por la siguiente escala retributiva:

       ESCALAFON SERVICIOS AUXILIARES
CATEGORIA     ESCALA     NIVEL RETRIBUTIVO
                        ESCALA PATRON UNICA
Gerente 3     10                46
Ejecutivo 1   9                 41
Ejecutivo 2   8                 36
Ejecutivo 3   6                 30
Auxiliar 1                      15
Auxiliar 2    38                 1
Auxiliar 3                       0
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