Fecha de Publicación: 30/09/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 37

 El personal de OCTAVA categoría, percibirá remuneración mensual con
ajuste a los grados que se indican de la Escala Patrón Única:

ESCALA 5
GRADO EN LA ESCALA DEL CARGO     GRADO ESCALA PATRÓN ÚNICA
Ingreso                          15
1                                16
2                                17
3                                18
4                                19
5                                20
6                                21
7                                22
8                                23
9                                24
10                               25

La escala precedente, cuando corresponda, se aplicará a aquellos
funcionarios cuya fecha de corrimiento por la escala de antigüedad se
encuentre dentro del período 24/5/2013 al 31/12/2013 inclusive.
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