Fecha de Publicación: 23/10/2014
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 2

 La Comisión estará integrada por representantes de los siguientes
Ministerios:
  - el Ministerio de Desarrollo Social, que la presidirá y el Instituto
    Nacional de las Mujeres que la coordinará
  - el Ministerio de Educación y Cultura
  - el Ministerio de Defensa Nacional
  - el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
  - el Ministerio del Interior
  - el Ministerio de Relaciones Exteriores
  - el Ministerio de Salud Pública
  - el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  - el Ministerio de Turismo y Deporte
  - el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
La Comisión podrá invitar a participar a tres representantes de las
Organizaciones de la Sociedad Civil de reconocida actuación en el tema,
cuya designación estará a cargo de la Asociación Nacional de
Organizaciones No Gubernamentales (ANONG) y al PIT-CNT.
Cada uno de estos Organismos estará representado por un titular y su
respectivo alterno.
La Comisión Interinstitucional procurará el asesoramiento permanente de la
Oficina para las Migraciones (OIM) y de la Organización Internacional del
Trabajo.
Los miembros de la Comisión Interinstitucional desempeñarán sus funciones
ad honorem.
Ayuda