Fecha de Publicación: 17/06/2009
Página: 652-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 01/07/2009.

Artículo 6

 La Dirección Nacional de Aduanas comunicará al Area Defensa del
Consumidor de la Dirección General de Comercio los despachos de las
mercaderías a que se refiere el Artículo 1º, con detalle de la información
correspondiente.
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