Fecha de Publicación: 24/08/2012
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 4

 Podrá ser igualmente materia de la negociación con el adquirente de las
aeronaves o con el cesionario de los derechos derivados de la subasta, en
su caso, la asunción por parte de éste de todos o parte de los contratos
de leasing de aeronaves, así como otros contratos, derechos, licencias, o
similares, que hubieran sido previamente asumidos por el Fideicomiso.-
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