Fecha de Publicación: 19/09/2014
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

 A la Unidad de Coordinación y Desarrollo Deportivo (UCDD) le compete:
a) Asesorar al Ministro y a cada una de las Fuerzas, Direcciones Generales
o Nacionales y demás dependencia del Inciso, a su requerimiento, en el
estudio, planificación y coordinación de la actividad deportiva y fomento
de la cultura física de sus integrantes.
b) Organizar y realizar directamente o delegando la organización y
realización en el Ejército, Armada y Fuerza Aérea - conjunta o
separadamente - u otras dependencias, de campeonatos o eventos deportivos
a nivel inter-fuerzas, inter-dependencias o nacionales.
c) Organizar y realizar directamente o delegando la organización y
realización en el Ejército, Armada y Fuerza Aérea - conjunta o
separadamente - u otras dependencias, de campeonatos o eventos deportivos
a nivel internacional que puedan tener lugar en nuestro país.
d) Planificar, organizar, coordinar y seleccionar los integrantes o
equipos del Ministerio de Defensa Nacional o de las Fuerzas Armadas, para
participar en campeonatos, justas y manifestaciones deportivas
internacionales.
e) Tener la representación del Ministerio de Defensa Nacional o de las
Fuerzas Armadas ante los organismos, reuniones o congresos nacionales o
internacionales, en las materias de su especialidad.
f) Homologar, fomentar y registrar récords nacionales de los integrantes
de las Fuerzas Armadas o dependencias del Inciso, en competencias
deportivas oficiales.
g) Impulsar y mantener mediante el deporte y la cultura física los lazos
de compañerismo y espíritu de cuerpo entre los integrantes de las Fuerzas
Armadas y demás dependencias de la Cartera.
h) Proponer a las autoridades superiores la suscripción de convenios de
cooperación, en el ámbito del Deporte, con Instituciones Deportivas,
Asociaciones, Federaciones, así como con Instituciones del ámbito de la
Salud o de la Enseñanza vinculadas al Deporte, públicas o privadas,
nacionales o extranjeras".
i) Coordinar, hacer seguimiento y en su caso ejecutar los convenios
suscritos por el Ministerio de Defensa Nacional en el ámbito de su
competencia, tanto nacionales como internacionales, ya sea con entidades
públicas o privadas.
j) Ser el punto focal en el ámbito del Ministerio de Defensa Nacional, en
relación con los Acuerdos o Convenios Internacionales relativos al
Deporte, coordinando su accionar con los Organismos Internacionales,
Asociaciones, Federaciones u Organizaciones No Gubernamentales (ONG)
Internacionales en la materia.
k) Ser el enlace en la materia entre el Ministerio de Defensa Nacional y
las Asociaciones, Federaciones, Organizaciones No Gubernamentales (ONG) u
otras entidades privadas del Deporte en el ámbito nacional, así como con
el Ministerio de Turismo y Deporte y demás entidades públicas.
l) Informar en relación con el ofrecimiento de donaciones o cooperaciones
económicas que sean ofrecidas al Ministerio de Defensa Nacional para el
fomento del Deporte en el ámbito militar.
m) Propiciar y asesorar en relación con la integración del Deporte Militar
con Federaciones deportivas.
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