Fecha de Publicación: 21/09/2015
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   Modifícase el artículo 66 del Decreto 120/014 de 6 de mayo de 2014 el que quedará redactado de la siguiente manera:
   "La información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta Sección tendrá carácter de dato sensible (artículos 8 de la Ley No. 19.172 de 20 de diciembre de 2013 y 18 de la Ley No. 18.331 de 11 de agosto de 2008) quedando prohibido su tratamiento, salvo con el consentimiento expreso y escrito del titular."
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