(Facultades). La Comisión de Evaluación de Riesgo de Vegetales
Genéticamente Modificados tendrá las facultades siguientes:
a) aprobar su propio reglamento de funcionamiento y los procedimientos
para la tramitación de solicitudes;
b) formar los grupos de trabajo que para el cumplimiento de sus cometidos
considere necesarios; y
c) solicitar el asesoramiento de técnicos de universidades y centros de
investigación públicos o privados, así como de especialistas
independientes reconocidos por su solvencia técnica actuando a título
personal.