(Duración en el cargo). Los gerentes permanecerán en su cargo durante cuatro años y su mandato podrá ser renovado por decisión expresa de la autoridad competente para su designación.
Asimismo, podrán ser removidos en cualquier momento, de constituirse cualquiera de las siguientes causales:
a) Negligencia o mal desempeño en sus funciones.
b) Incapacidad sobreviniente.
c) Comisión de actos que afecten su buen nombre o el
prestigio del órgano.
En todos los casos la remoción debe ser dispuesta por la autoridad competente para la designación, mediante el dictado de una resolución fundada.