Fecha de Publicación: 05/05/1978
Página: 255-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 17/05/1978.
Decreto 226/978 

Se aprueba un nuevo Reglamento de Exposiciones, Ferias y Remates de Ganado

Ministerio de Agricultura y Pesca.

                                        Montevideo, 26 de abril de 1978.

   Visto: el Reglamento de Exposiciones, Ferias y Remates de Ganado, aprobado por decreto de fecha 15 de junio de 1949.

   Resultando: se han presentado variados problemas sanitarios relacionados con las deficiencias de los locales ferias.

   Considerando: de imperiosa necesidad la actualización de las normas que
regulan las condiciones higiénico-sanitarias de tales establecimientos,
como primer paso a una regulación, también higiénico-sanitaria, del
movimiento de haciendas dentro del territorio nacional.

   Atento: a la opinión favorable de la Dirección General de los 
Servicios Veterinarios, Dirección de Asesoramiento Legal y Asesoría Técnica del Ministerio de Agricultura y Pesca, y a lo preceptuado por la ley 3.606, de 13 de abril de 1910,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Todas las exposiciones, remates-ferias, liquidaciones de establecimientos ganaderos y los locales de venta de animales, estarán sujetos al contralor sanitario de la Dirección de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura y Pesca, la que lo hará efectivo con sujeción a lo dispuesto por este Reglamento.
   Dicha Dirección ejercerá, asimismo, la vigilancia sanitaria de las
actividades que involucran grupos de animales, aún las no motivadas 
por fines utilitarios.
   Estarán eximidas de este control las instituciones oficiales que
dispongan de servicios veterinarios autorizados por la Dirección de
Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura y Pesca.

   De los locales de exposiciones, remates-ferias, liquidaciones de
              establecimientos ganaderos y locales de venta


MENDEZ. - LUIS H. MEYER.
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