Fecha de Publicación: 26/06/2007
Página: 570-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 28/06/2007.

Artículo 9

 Sustitúyese el artículo 42 del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998, por el siguiente:

"Artículo 42º.- Suministro de agua para el consumo familiar básico. La exoneración a que refiere el literal l) del artículo 19º del Título 10 del Texto Ordenado 1996 comprenderá el cargo fijo más un cargo variable de hasta 15 metros cúbicos, siempre que el suministro de agua se destine exclusivamente al consumo familiar.

Queda incluido en el concepto de suministro de agua el saneamiento, el alcantarillado y todas las restantes prestaciones accesorias vinculadas a dicho suministro".
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