Fecha de Publicación: 26/06/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 119

 (Fiscalización de cooperativas sociales). La Auditoría Interna de Nación,
ejercerá, a solicitud del Ministerio de Desarrollo Social por resolución
fundada del jerarca, funciones de fiscalización en las cooperativas
sociales.

El alcance de la actuación de la Auditoría se limitará al contenido de la
solicitud.
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