Fecha de Publicación: 30/05/2013
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 (RECURSOS) El Ministerio de Defensa Nacional se asegurará de proveer a la
C.I.A.I.A. de los recursos humanos, materiales y financieros necesarios
para llevar adelante su función, pudiendo asignar o redistribuir los
mismos dentro de los ya existentes en la cartera.
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