Fecha de Publicación: 08/06/2016
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 5

   (Requisitos). La Auditoria Interna de la Nación establecerá, mediante una Resolución que deberá publicarse en el Diario Oficial y en su página web, todas las formalidades y condiciones requeridas para la presentación de los estados contables, en un plazo que no exceda los diez días corridos a contar desde el día siguiente a la entrada en vigencia del presente Decreto.
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