MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
La mercadería ingresada al país, de acuerdo con este decreto, no podrá ser movilizada de los depósitos fiscales sin previa inspección higiénico-sanitaria por personal del instituto Nacional de Pesca conforme a las disposiciones en vigencia. Tal inspección deberá cumplirse dentro de las cuarenta y ocho horas de arribo al país de la mercadería.Ayuda