Fecha de Publicación: 08/05/1992
Página: 329-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 29/10/1992.

Artículo 13

   Las actas que no se ajusten a los requisitos y formalidades
establecidas en el presente decreto, no serán tomadas en cuenta para la
aplicación de las sanciones a que diera lugar las infracciones a que 
ellas se refieran.
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