Fecha de Publicación: 27/04/2001
Página: 162-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

 Facúltase al Comandante en Jefe del Ejército la aprobación del mismo y 
de aquellas modificaciones que sean necesarias para adecuar el 
funcionamiento en el futuro.-
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