Fecha de Publicación: 22/01/2007
Página: 369-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 16

 Demostración In Vivo de La Equivalencia Biofarmacéutica:
Del resultado de estos estudios se podrá concluir la intercambiabilidad 
de un medicamento con la referencia utilizada.
El estudio técnico podrá conducir a la autorización de registro de un 
medicamento "No Intercambiable" si así lo ameritara.
El procedimiento para la realización de los mismos se detalla en el Anexo
I.
Ayuda