Fecha de Publicación: 04/05/2016
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 36

   (Inoponibilidad) En ningún caso se entenderá que los organismos que integran el Sistema Nacional de Cuidados son parte de las relaciones contractuales que se establezcan entre los usuarios y los prestadores de servicios personales.

   CAPITULO VI: Disposiciones transitorias:
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