Fecha de Publicación: 04/05/2018
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 115

   La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos es el organismo oficial competente para ejercer el control sanitario de especies acuáticas vivas, cualquiera sea su etapa de desarrollo, que ingresen o salgan del país a nivel nacional y el único habilitado para expedir los certificados que a nivel internacional se requieran.
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