Fecha de Publicación: 04/05/2000
Página: 139-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 10

 A los 150 días de ejecución del contrato, el Jerarca de la Unidad
Ejecutora elevará al Director del Programa respectivo, un informe fundado
sobre el comportamiento y rendimiento del o los contratados. Dicho juicio
servirá de base para la eventual habilitación de un nuevo acuerdo.
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